[Respuesta mía a una entrada del blog jurídico de J.R. Chaves, magistrado de lo contencioso-administrativo].
Yo debo ser como ese del dicho: “El que mantiene la calma cuando todos huyen… es que no ha captado la gravedad del peligro”.
Es decir, estoy encantado con la situación actual. Yo no creo que seamos un Titanic que se hunde sino un velero que se ha quedado sin capitán, o está dormido, y va “al pairo”, algo así como “a donde nos lleve la corriente”, que igual es mejor que a donde nos lleve un capitán pirata.
Mi experiencia vital me indica que los gobernantes españoles tienen varios vicios, aparte de meter la mano en la caja… o en el sobre. Uno de ellos es esa manía de estar retocando las leyes continuamente y a golpe de mayorías monocordes, casi siempre absolutas. Si yo fuera jurista preferiría una legislación que sea estable, por aquello de la seguridad jurídica y de no volver locos a los ciudadanos que acaban por no saber si tienen que circular por la derecha o por la izquierda (me refiero a la carretera, no a la política). ¿Porqué hacen esto los políticos? Hay varias razones. Voy a empezar por la más obvia: por dar gusto a sus amigos, pero también a aquellos que pueden abrirles cuentas opacas bien dotadas en algún paraíso fiscal. En segundo lugar, diría que los políticos tienen miedo de que les acusen de inacción. Al cambiar las leyes de forma desaforada, parece que hacen algo, aunque la mayor parte de las veces lo único que hacen es marear la perdiz… y al ciudadano. Como si gobernar para que se cumplan las leyes existentes no fuera mucho más importante.
Su incapacidad de llegar a acuerdos, tanto si están en el poder como en la oposición, para aprobar leyes importantes sin temor a que sean modificadas cuando la oposición llegue al gobierno, les ha conducido ahora a este anquilosamiento en el que parece que no hay tampoco posibilidad de acuerdo.
En tercer lugar, y quizá sea redundante con lo dicho como primera razón de ese ansia de modificar leyes, es que cada variación de las leyes es una vuelta de tuerca contra el ciudadano de a pie, contra el trabajador: menos derechos laborales, menos privacidad, menos competencia donde elegir, menos seguridad jurídica, menos tutela judicial efectiva… Al final, de nuevo, más poder para los poderosos, más indefensión para los humildes. Y en esto me da igual que gobiernen los unos o los otros, que a la postre yo diría que son los mismos perros con distintos collares. Y que me perdonen los canes por esta comparación.
Debo decir que sigo con interés y hasta con cariño las entradas de este blog jurídico, pero en este caso no puedo estar más en desacuerdo. Desde el tono mayestático empleado esta vez, usando la primera persona del plural para enunciar los desacuerdos con la situación política actual, como si el mismísimo Papa los dictara, hasta el contenido mismo de las razones que informan esos desacuerdos, perdóneme sr. magistrado, como humilde ciudadano asqueado, apaleado, ninguneado, humillado, despreciado, engañado, desvalijado… (así me siento, y me quedo corto) por los políticos desde hace muchos años, prefiero que sus señorías electas se queden en sus casas aunque cobren sus astronómicos sueldos. Y hasta las dietas que no se merecen les daría, con tal que no cometieran más tropelías haciendo leyes que sólo sirven para aplastarnos (por no usar otro verbo peor sonante) más. Que sigan negociando sus acuerdos imposibles. Que sigan los cuatro años de legislatura, si hace falta. Apuesto a que el país entero, en ese lapso, daría un brinco en lo moral y hasta en lo económico (que estoy convencido que no hay lo segundo sin haber lo primero) que sería la grata sorpresa de Europa y hasta del mundo entero. Ese día seríamos conscientes de que podríamos despedir a la mayor parte de los políticos de esta santa nación y funcionaríamos mejor. Sólo restaría hacerlo, aunque sería difícil porque hasta en eso las leyes están hechas para perpetuar ese modelo de “fijosdalgo”, de privilegios vitalicios y paternalistas, que nos viene desde la época de Cervantes y cuyo único mérito requerido ahora es afiliarse a un partido y conocer a alguien que conoce a alguien.
Un viejo abogado me confesó: cada vez se legisla más y peor. Las leyes son menos claras, más ambiguas. Si vas a juicio, aunque te asista la razón de la lógica, no sabes si saldrás malparado por esa ambigüedad de las leyes que deja al sr. juez con la pesada carga de interpretarlas para otorgar el favor de la justicia al que realmente la merece.
Dicho todo lo cual, he de advertir, por otro lado, que si yo fuera abogado, tal vez estaría encantado con ese constante hurgar en el enjambre de las leyes, códigos, decretos, ordenanzas, reglamentos y demás que parece encantar a nuestros próceres, porque así el ciudadano que desea defender sus legítimos intereses tendrá que venir a mi puerta buscando que le aporte un poco de luz en ese maremágnum de legislación y jurisprudencia. Y ya se sabe que eso son monedas al cajón. Pero, como ciudadano de abajo, soy de la opinión de que ese maremágnum semicaótico acaba por empobrecernos como nación. Los poderosos siempre pescan mejor en río revuelto, perdón, en “mar” revuelta. Los malparados acabamos siendo también, siempre, esa mayoría silenciosa que no tenemos medios para costearnos abogados y largos procesos.
Perdón por mi exceso verbal.
Hipocresía... ¿no estamos ya hartos de ella? ¿Qué herencia vamos a dejar en el corazón de nuestros hijos? Los niños son -quizá- lo único bueno que le queda a la Humanidad: no acabemos también con ellos.
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domingo, 3 de abril de 2016
jueves, 10 de noviembre de 2011
La dignidad de la vida humana
7 Noviembre 11 - - JOSÉ LUIS REQUERO - Magistrado
(Artículo publicado en La Razón el 8/11/2011)
En pocas semanas los dos grandes tribunales europeos han dictado importantes sentencias que afectan a la vida humana y su respeto. Una de 18 de octubre de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (caso Brüstle vs Greenpeace) y otra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 3 de noviembre de 2011 (caso SH y otros vs Austria). Como los problemas son complejos me referiré sólo a la primera.
Greenpeace demandó a un científico alemán –Oliver Brüstle– que registró en 1997 una patente referida a células progenitoras neuronales, a su procedimiento de producción y a la utilización de esas células en terapias referidas a enfermedades neurológicas. El problema es que tales células neurológicas se producen a partir de células madre embrionarias y para obtenerlas hay que emplear embriones humanos, lo que exige su destrucción. La cuestión es, por tanto, si son patentables procedimientos de producción de células madre que exigen destruir embriones humanos.
El Tribunal Federal de Patentes anuló la patente y Brüstle recurrió. El tribunal superior antes de sentenciar decidió plantear al Tribunal de Luxemburgo varias dudas sobre la interpretación de la Directiva europea de patentes biotecnológicas. Aclaro que el Tribunal de Luxemburgo no resuelve pleitos, sino que aclara a los tribunales nacionales las dudas que tengan sobre la interpretación del Derecho comunitario. Pues bien, en lo que ahora interesa y para resumir, lo que se le planteó entre otras cosas es si hay un embrión humano desde la fecundación, si comprende a las células madre embrionarias humanas, materia prima para producir esas células progenitoras neuronales.
El Tribunal de la Unión recuerda que el cuerpo humano, en los diferentes estadios de su desarrollo, no es una invención patentable y que por razón de la dignidad de la persona, es contrario al orden público o a la moralidad la clonación de seres humanos y el empleo de embriones humanos con fines industriales o comerciales. Define qué es el embrión y dice que el óvulo humano a partir de su fecundación es un embrión humano pues «la fecundación puede iniciar el proceso de desarrollo de un ser humano»; y añade que también lo son los óvulos humano no fecundados, a los que se implanta el núcleo de una célula humana madura o son estimulados mediante partenogénesis para dividirse y desarrollarse: no están fecundados, pero permiten desarrollar un ser humano.
La cuestión es que esa sentencia afecta a nuestras leyes sobre reproducción humana asistida (2006) e investigación biomédica (2007) y que se basan en una categoría –el «preembrión»– más ideológico, mercantil y utilitarista que científico. Significa que en los 14 días siguientes a la fecundación, lo que la ciencia llama «embrión humano», para esas normas no es tal sino un «preembrión» o conglomerado de células, luego puede ser objeto de experimentación y explotación mercantil.
Ya antes el Tribunal Constitucional había acogida esa categoría acientífica y declaró que si en el curso de esos tratamientos contra la esterilidad hay «preembriones» que se pierden o los sobrantes se congelan o se ceden para la investigación, se está ante consecuencias o hechos «científicamente inevitables» con «arreglo a los conocimientos biomédicos actuales»; luego como el preembrión es un producto celular, rechazó que pudiera protegerle el principio constitucional de «dignidad de la persona».
La sentencia del Tribunal de la Unión no sólo se basa en esa dignidad de la persona, negada por nuestro Tribunal Constitucional, sino que declara que el concepto de embrión debe ser uniforme en toda Europa. Por tanto, aunque su sentencia se refiera a un litigio sobre patentes, una misma realidad –el embrión humano– no debería tener significados distintos según la norma: si un óvulo fecundado es un embrión humano, lo es tanto para experimentar como para la reproducción asistida.
Esta sentencia debería replantear nuestra legislación que, además, es inconstitucional: según el Tribunal Constitucional, la destrucción o congelación de «preembriones» es admisible en tratamientos contra la infertilidad, es decir, con un fin reproductivo; sin embargo nuestras leyes lo permiten para la selección embrionaria, la clonación o la experimentación. Espero que el ganador del 20-N se replantee una legislación tan censurable: afecta a la vida humana, a su dignidad.
JOSÉ LUIS REQUERO
Magistrado
(Artículo publicado en La Razón el 8/11/2011)
Greenpeace demandó a un científico alemán –Oliver Brüstle– que registró en 1997 una patente referida a células progenitoras neuronales, a su procedimiento de producción y a la utilización de esas células en terapias referidas a enfermedades neurológicas. El problema es que tales células neurológicas se producen a partir de células madre embrionarias y para obtenerlas hay que emplear embriones humanos, lo que exige su destrucción. La cuestión es, por tanto, si son patentables procedimientos de producción de células madre que exigen destruir embriones humanos.
El Tribunal Federal de Patentes anuló la patente y Brüstle recurrió. El tribunal superior antes de sentenciar decidió plantear al Tribunal de Luxemburgo varias dudas sobre la interpretación de la Directiva europea de patentes biotecnológicas. Aclaro que el Tribunal de Luxemburgo no resuelve pleitos, sino que aclara a los tribunales nacionales las dudas que tengan sobre la interpretación del Derecho comunitario. Pues bien, en lo que ahora interesa y para resumir, lo que se le planteó entre otras cosas es si hay un embrión humano desde la fecundación, si comprende a las células madre embrionarias humanas, materia prima para producir esas células progenitoras neuronales.
El Tribunal de la Unión recuerda que el cuerpo humano, en los diferentes estadios de su desarrollo, no es una invención patentable y que por razón de la dignidad de la persona, es contrario al orden público o a la moralidad la clonación de seres humanos y el empleo de embriones humanos con fines industriales o comerciales. Define qué es el embrión y dice que el óvulo humano a partir de su fecundación es un embrión humano pues «la fecundación puede iniciar el proceso de desarrollo de un ser humano»; y añade que también lo son los óvulos humano no fecundados, a los que se implanta el núcleo de una célula humana madura o son estimulados mediante partenogénesis para dividirse y desarrollarse: no están fecundados, pero permiten desarrollar un ser humano.
La cuestión es que esa sentencia afecta a nuestras leyes sobre reproducción humana asistida (2006) e investigación biomédica (2007) y que se basan en una categoría –el «preembrión»– más ideológico, mercantil y utilitarista que científico. Significa que en los 14 días siguientes a la fecundación, lo que la ciencia llama «embrión humano», para esas normas no es tal sino un «preembrión» o conglomerado de células, luego puede ser objeto de experimentación y explotación mercantil.
Ya antes el Tribunal Constitucional había acogida esa categoría acientífica y declaró que si en el curso de esos tratamientos contra la esterilidad hay «preembriones» que se pierden o los sobrantes se congelan o se ceden para la investigación, se está ante consecuencias o hechos «científicamente inevitables» con «arreglo a los conocimientos biomédicos actuales»; luego como el preembrión es un producto celular, rechazó que pudiera protegerle el principio constitucional de «dignidad de la persona».
La sentencia del Tribunal de la Unión no sólo se basa en esa dignidad de la persona, negada por nuestro Tribunal Constitucional, sino que declara que el concepto de embrión debe ser uniforme en toda Europa. Por tanto, aunque su sentencia se refiera a un litigio sobre patentes, una misma realidad –el embrión humano– no debería tener significados distintos según la norma: si un óvulo fecundado es un embrión humano, lo es tanto para experimentar como para la reproducción asistida.
Esta sentencia debería replantear nuestra legislación que, además, es inconstitucional: según el Tribunal Constitucional, la destrucción o congelación de «preembriones» es admisible en tratamientos contra la infertilidad, es decir, con un fin reproductivo; sin embargo nuestras leyes lo permiten para la selección embrionaria, la clonación o la experimentación. Espero que el ganador del 20-N se replantee una legislación tan censurable: afecta a la vida humana, a su dignidad.
JOSÉ LUIS REQUERO
Magistrado
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